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jueves, 26 de mayo de 2011

MANUAL Nº 001/09-10 DE FUNCIONES DEL PERSONAL DEL PROGRAMA DE DEFENSORIAS EDUCATIVAS DEL ESTADO BARINAS


 
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION
Coordinación Zonal de Defensorías Educativas del Estado Barinas

MANUAL Nº 001/09-10
  1. DEFINICION Y FUNCIONES DE LOS COMITES MEDIADORES POR LA PAZ, EN CADA SECCION O AULA DE CLASE EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS.
  2. DEFINICION Y FUNCIONES DE LAS BRIGADAS DE PROMOCION DE DERECHOS, DEBERES Y GARANTIAS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EL SUBSISTEMA DE EDUCACION BASICA, BRIGADAS SEMILLEROS DE LA PATRIA, EN EL NIVEL DE EDUCACION INICIAL, BRIGADAS ESCOLARES, EN EL NIVEL EDUCACION PRIMARIA, BRIGADAS ESTUDIANTILES, EN EL NIVEL DE EDUCACION MEDIA Y MEDIA TECNICA.
  3. DEFINICION, PERFIL Y FUNCIONES DE LOS DOCENTES PROMOTORES DE DERECHOS, DEBERES Y GARANTIAS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
  4. PERFIL Y FUNCIONES DE LOS DOCENTES COORDINADORES PROMOTORES DE DERECHO EN LOS NER.
  5. PERFIL Y FUNCIONES DE LOS DOCENTES COORDINADORES DE ENLACE MUNICIPALES ENTRE LA COORDINACION ZONAL Y LOS MUNICIPIOS ESCOLARES DEL ESTADO BARINAS.
  6. PERFIL Y FUNCIONES DEL COORDINADOR O COORDINADORA ZONAL DE DEFENSORIAS EDUCATIVAS DEL ESTADO BARINAS.
  7. PERFIL Y FUNCIONES DEL ASESOR LEGAL DE LA COORDINACIN  ZONAL DE DEFENSORIAS EDUCATIVAS DEL ESTADO BARINAS.
  8. PERFIL Y FUNCIONES DE LOS COORDINADORES Y COORDINADORAS DE LAS DEFENSORIAS EDUCATIVAS EN EL ESTADO BARINAS, EN CONCORDANCIA CON LOS LINEAMIENTOS DE LA COORDINACION NACIONAL DE DEFENSORIAS EDUCATIVAS.
  9. PERFIL Y FUNCIONES DE LOS DEFENSORES Y DEFENSORAS DE LAS DEFENSORIAS EDUCATIVAS EN EL ESTADO BARINAS, EN CONCORDANCIA CON LOS LINEAMIENTOS DE LA COORDINACION NACIONAL DE DEFENSORIAS EDUCATIVAS.
  10. FUNCIONES DEL ASESOR LEGAL DE LAS DEFENSORÍAS EDUCATIVAS
Elaborado por el Lcdo. Otto García
Coordinador Zonal de Defensorías Educativas del Estado Barinas

Barinas 28 de Enero de 2011

¿QUE SON LOS COMITES MEDIADORES POR LA PAZ?
Son organizaciones de estudiantes, electos democráticamente por sus compañeros de sección o aula de clase, cuyo propósito es participar en las instituciones educativas: preescolar, escuela y liceo para promover el reforzamiento de los valores de tolerancia y respeto y cultivar un ambiente de armonía, ejerciendo sus derechos y cumpliendo con sus deberes y responsabilidades.
La estructura de los Comités pueden estar conformadas por tres estudiantes por sección o aula de clase, de acuerdo a los resultados de la votaciones el más votado será el Coordinador o Coordinadora, el segundo lugar será para un Promotor o Promotora y por último lugar será para un defensor o defensora.
El docente de la sección o aula de clase, docente guía o vocero, cumple la responsabilidad de orientar y facilitar las herramientas formativas y organizativas necesarias para que los estudiantes puedan ejercer su derecho o participar como ciudadanos sujetos de derechos.
La estructura del Comité es autónoma para elaborar sus planes de trabajo, reunirse en los horarios que académicamente estén designados para ello o en otro momento que los estudiantes no interrumpan su horario académico.

¿QUE SON LAS BRIGADAS DE PROMOCION DE DERECHOS, DEBERES Y GARANTIAS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES?
Son organizaciones conformadas por niños, niñas y adolescentes estudiantes del Sub-sistema de Educación Básica, que resulten electos en cada sección en las instituciones educativas, en la que se hayan constituido los “Comités de Mediadores por la Paz” y el estudiante que resulte electo con más votos será el Coordinador del Comité y que automáticamente pasara a ser miembro vocero de la Brigada, en representación de su sección o aula de clase.  
Los miembros de las Brigadas son voceros, en la cual internamente se debe elegir su estructura interna, entre los voceros y el que resulte con más votos será el Vocero Principal, el que ocupe el segundo lugar de la puntuación será el Vocero Suplente, el que ocupe el tercer lugar en la votación será el Vocero Secretario o Secretaria, ellos tienen las funciones de ser los representantes de las Brigadas, podrán participar e impulsaran la organización por medio de actividades educativas, deportivas, culturales, de promoción y defensa, comunicacionales, agroecológicas contempladas en el Articulo 124, de la LOPNNA en los Literales F, K y L.
¿FUNDAMENTACION LEGAL DE LA CREACION DE LAS BRIGADAS DE PROMOCION DE DERECHOS, DEBERES Y GARANTIAS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES?
  1. Derechos Sociales (Articulo Nº 78 CRBV)
  2. Todos los niños, niñas y adolescentes deben conocer sus derechos, deberes, garantías y medios para defenderlos. (Articulo Nº LOPNNA)
  3. El estado con la activa participación de la sociedad, debe garantizar programas permanentes de difusión de los derecho y garantías d niños, niñas y adolescentes en las instituciones educativas: preescolar, escuela y liceo. (Articulo Nº 62 LOPNNA)
  4. Derecho a opinar y a ser oído y oída. (Articulo Nº 80 LOPNNA)
  5. Derecho a participar. (Articulo Nº 81 LOPNNA)
  6. Derecho a libre asociación. (Articulo Nº 84 LOPNNA)
  7. Derecho a defender sus derechos. (Articulo Nº 86 LOPNNA)
  8. Deberes de los niños, niñas y adolescentes. (Articulo Nº 93)
  9. Competencia del Estado docente. (Artículos 5 y 6 LOE)
  10. Fines de la educación. Articulo Nº 15 LOE Numeral 2, 3 y 4)
¿QUE SON LOS DOCENTES PROMOTORES DE DERECHO?
Es una iniciativa para promover la incorporación de los Docentes, en actividades educativas, comunitarias, participando colectivamente en asuntos de interés nacional, estadal y regional en todo lo relacionado en materia de derechos humanos, la LOPNNA y por ende del Sistema de Protección que convoca y moviliza a un gran número de personas para cooperar desinteresadamente en la solución de problemas que afectan al país, específicamente al estado Barinas en materia infantojuvenil. Un docente promotor es un gestor de cambio socio-cultural con conocimientos en materia de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y el Adolescente (LOPNNA) y herramientas de trabajo grupal para realizar actividades educativas, motivacionales y participativas que conduzcan a la construcción de Nueva Ciudadanía; Sin embargo, para la consecución de dicho cometido apelamos al aprendizaje por la observación o modelado identificado mediante la teoría social del aprendizaje por Albert Bandura. Este autor establece que existen ciertos pasos envueltos en el proceso de modelado:
Existen dos procedimientos de cómo seleccionar el docente promotor de derecho en la institución:
Primero en un consejo docente, en donde se toque ese punto, una terna y el más votado entre los docentes, cumplirá las funciones de docente promotor por un año escolar, pudiendo ser reelecto en el próximo año escolar cuando se elijan las demás comisiones de la institución, no es indispensable que deba estar fuera de aula.
Segundo que el directivo de la institución designe la responsabilidad a un docente por su perfil, o por que este fuera de aula y no tenga una responsabilidad específica. En cualquiera de los procedimientos el directivo de la institución debe entregar una constancia al docente seleccionado en la institución.
La meta, por tanto, debe ser promover la participación para todos. Si los niños participan tempranamente, ellos van a crecer  con confianza para ser adultos que tomen decisiones y sean responsables de ellas. Excluir a la niñez de la toma de decisiones es empobrecer a la sociedad y sus ciudadanos, tanto ahora como en el futuro.
        En pocas palabras, el docente promotor de derecho es un motivador que consuma su búsqueda de lealtad sobre la conducción de causas comunes, es un misionero que crea el futuro que profesa la convivencia humana y descubre en la gente su capacidad de independencia. El promotor revela su identidad cuando hace de su profesión, un apostolado cuando actúa dentro de un sistema social asumiendo su compromiso; el promotor como agente de cambio debe cumplir su misión, manteniendo una conducta favorable a la visión de la organización para la cual cumple su rol.

        Vestir el habito de docente promotor de derecho significa tener una clara noción de su identidad conocer los rasgos de su perfil personal que lo define como servidor colectivo conseguir su oficio  como productivo y ejercer la interdependencia de los objetivos para mantener el equipo,  la concepción de la identidad supone que los agentes que ejercen o aspiran ejercer establecen una relación de apropiación progresiva de su oficio y de su profesión como resultado de sus proyectos personal de las exigencias institucionales de las funciones que ejercen de los aprendizaje  que ofrece la experiencia y del intercambio con otros promotores.

        Con este trabajo comunitario por los derechos de niño, niña y Adolescentes y la familia intentamos presentar algunos elementos que le permitan a la persona independiente, construir su propia identidad  como promotor para ello debe partir de tres referencias:

·                                 La de “SER”, su identidad actual como persona.
·                                 La de “HACER”, de la practica y  de las tareas del promotor.
·                                 La del “ DEBE SER”, los retos, deberes y roles del promotores

PERFIL DEL DOCENTE PROMOTOR DE DERECHOS


ACTITUDES Y VALORES. Uno de los retos de cualquier perfil es lograr un ser humano integral. En tal sentido, algunos rasgos de personalidad necesarios para la formación de los Docentes Promotores de Derechos son:
·         Honestidad e imparcialidad
·         Honorabilidad, Tolerancia respeto y solidaridad
·         Compromiso con la Soberanía y sensibilidad social
·         Proactividad y prospectividad
·         Disposición al trabajo en equipo y vocación de servicio
·         Creatividad
·         Utilizar el Proyecto de Vida como herramienta para el trabajo en las brigadas escolares, estudiantiles y semillas de la patria, con los niños, niñas y adolescentes.
·         Espíritu crítico y responsabilidad
·         Justicia y equidad con el manejo Sustentable del Desarrollo
·         Pensamiento Holístico
·         Sentido de lo ético y estético en cuanto a su área de trabajo.
·         Debe ser una persona con mística hacia el trabajo con los niños, niñas Adolescente.
·         Debe manejar conceptos básicos sobre los derechos de los niños, niñas y Adolescente, también debe tener conocimientos sobre el Sistema de Protección.
·          Conocer y manejar estrategias motivacionales de trabajo grupal para desarrollar actividades comunitarias. 
·         Disposición para recibir información y capacitación en materia infantojuvenil  y aplicar el conocimiento obtenido de la acción realizada.
·         Manejar herramientas jurídicas, que permitan el seguimiento evaluación, y retroalimentación permanente de la cultura de la denuncia y el fortalecimiento de la LOPNNA.
·         Coordinar programas y proyectos, permanentes de carácter educativo cultural donde participen todas las instituciones y organizaciones involucradas en el área infantojuvenil.
·         Conocer los diversos proyectos de la Coordinación Zonal de Defensorías Educativas para desarrollarlos con más conocimientos y participación social.
·         Socializar los logros y dificultades de los proyecto.
·         Actualizar en todo momento la información en cuanto a niños, niñas y adolescentes con el fin de manejar nuevas estrategias grupales.


FUNCIONES DE LOS DOCENTES PROMOTORES DE DERECHOS,  DEBERES  Y GARANTIAS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
1.      Promotor de los Derechos, Deberes y Garantías de los Niños, Niñas y Adolescentes, en la institución educativa que represente.

2.      Recibir lineamientos de la Coordinación Zonal Defensorías Educativas del Estado Barinas, y la Coordinación Municipal de Enlace del respectivo Municipio.

3.      Presentar proyectos ante el Consejo Municipal de Derecho de Niños, Niñas y Adolescentes de su municipio respectivo para solicitar cofinanciamiento de los programas a desarrollar en la institución educativa.

4.      Incentivar a otros docentes a conformar los Comités de Apoyo para la Creación y/o Actualización del Manual de Normas de Convivencia Escolares y Comunitarias.

5.      Promover en la comunidad educativa la acreditación de nuevos defensores.

6.      Ser el responsable de la organización y Constitución de las Brigadas respectiva de acuerdo al Nivel y Modalidad de la institución Brigadas: Semillas de la Patria en los C.E.I e instituciones de Educación Especial, Brigadas Escolares en las Escuelas Básicas, Brigadas Estudiantiles en los Liceos.

7.      Encargarse de la organización del concurso de logotipos y selección del nombre de la brigada, para elaborar el estandarte de la brigada.

8.      Organizar el acto de juramentación de la brigada en la institución en conjunto con las Brigadas de salud, ambiente y sociedad bolivariana, o organizar un acto de juramentación a nivel sectorial o parroquial en conjunto con otras instituciones educativas, tanto nacionales como estadales.

9.      Contribuir a estrechar lazos para una buena convivencia.

10.  Impulsar la creación de la Defensoría Educativa en la institución.

11.  Diseñar un plan de accion sobre la prevención de drogas, embarazo en adolescentes.

12.  Presentar ante el Docente Coordinador Municipal de Enlace del municipio escolar respectivo la matricula inicial de los estudiantes o en caso de existir una defensoría educativa en el área geográfica  hacer entrega de la matricula inicial al coordinador de la defensoría.

13.  Remitir ante el Docente Coordinador Municipal de Enlace del municipio escolar respectivo, en caso de existir una Defensoría Educativa en el área geográfica  denunciar ante el Coordinador de la Defensoría, cualquier caso de maltrato físico o Psicológico, abuso o amenaza, vulneración de los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes, dependiendo de la gravedad llevarlo al Consejo de Protección en el respectivo Municipio o ante la fiscalía respectiva.

14.  Elaborar una cartelera permanente en la institución sobre los valores y artículos de la Lopnna, la Constitución de la República Bolivariana.

15.  Propiciar encuentros interinstitucionales.

16.  Involucrar a los padres, madres, representantes o responsables de los estudiantes en la promoción de los derechos, deberes y garantías de los niños, niñas y adolescentes, también a los miembros de los consejos comunales.

17.  Realizar visitas domiciliarias en casos requeridos.

18.  Presentar un informe trimestral consolidado con soportes, ante el Coordinador Municipal de Enlace del Municipio Escolar respectivo, en caso de existir una Defensoría Educativa en el área geográfica  entregarlo al Coordinador de la Defensoría.

PERFIL DE LOS DOCENTES COORDINADORES PROMOTORES DE DERECHO EN LOS NER.
Uno de los retos de cualquier perfil es lograr un ser humano integral. En tal sentido, algunos rasgos de la personalidad necesarios que debe tener el docente coordinador promotor de derecho en los NER, para que el directivo de la institución lo designe y le entregue su constancia,  puede durar todo un año escolar, y ser ratificado para un segundo periodo escolar, o en otro caso removido según resultados de la evaluación del desempeño, los rasgos son:
·         Honorabilidad, Tolerancia, Honestidad, Imparcialidad, Respeto y Solidaridad. Compromiso con la Soberanía y sensibilidad social
·         Disposición al trabajo en equipo y vocación de servicio, proactividad y prospectividad
·         Utilizar el Proyecto de Vida como herramienta para el trabajo en las brigadas escolares, estudiantiles y semillas de la patria, con los niños, niñas y adolescentes.
·         Espíritu crítico y responsabilidad, Creatividad, Pensamiento Holístico
·         Justicia y equidad con el manejo Sustentable del Desarrollo, Sentido de lo ético y estético en cuanto a su área de trabajo.
·         Debe ser una persona con mística hacia el trabajo con los niños, niñas Adolescente. Debe manejar conceptos básicos sobre los derechos de los niños, niñas y Adolescente, también debe tener conocimientos sobre el Sistema de Protección.
·          Conocer y manejar estrategias motivacionales de trabajo grupal para desarrollar actividades comunitarias. 
·         Disposición para recibir información y capacitación en materia infantojuvenil  y aplicar el conocimiento obtenido de la acción realizada. Socializar los logros y dificultades de los proyecto.
·         Manejar herramientas jurídicas, que permitan el seguimiento evaluación, y retroalimentación permanente de la cultura de la denuncia y el fortalecimiento de la LOPNNA.
·         Coordinar programas y proyectos, permanentes de carácter educativo cultural donde participen todas las instituciones y organizaciones involucradas en el área infantojuvenil.
·         Conocer los diversos proyectos de la Coordinación Zonal de Defensorías Educativas para desarrollarlos con más conocimientos y participación social.
·         Actualizar en todo momento la información en cuanto a niños, niñas y adolescentes con el fin de manejar nuevas estrategias grupales.

FUNCIONES DEL DOCENTE COORDINADOR PROMOTOR DE DERECHO EN LOS NER.
1.      Promotor de los Derechos, Deberes y Garantías de los Niños, Niñas y Adolescentes, en el NER.

2.      Recibir lineamientos de la coordinación zonal de defensorías educativas del estado Barinas, y del docente coordinador municipal de enlace entre la coordinación zonal y el municipio escolar respectivo.

3.      Presentar proyectos ante el Consejo Municipal de Derecho de Niños, Niñas y Adolescentes de su municipio respectivo para solicitar cofinanciamiento de los programas a desarrollar en el NER.

4.      Incentivar a otros docentes a conformar los comités de apoyo para la creación y/o actualización de las Normas de Convivencia Escolares y Comunitarias, en cada una de las instituciones educativas que conforman el NER.

5.      Promover en la comunidad educativa la acreditación de nuevos defensores y nuevas defensorías educativas.

6.      Hacer seguimiento de la organización y constitución de las brigadas respectiva de acuerdo al Nivel y Modalidad de la institución Brigadas: Semillas de la Patria en los C.E.I e instituciones de Educación Especial, Brigadas Escolares en las Escuelas Básicas, Brigadas Estudiantiles en los Liceos, pertenecientes al NER.

7.      Monitorear la organización de concursos de logotipos y selección del nombre de la brigada, para elaborar el estandarte de la brigada, en cada institución perteneciente al NER.

8.      Organizar el acto de juramentación de las brigadas en las instituciones pertenecientes al NER, en conjunto con las Brigadas de salud, ambiente y sociedad bolivariana.

9.      Contribuir a estrechar lazos del personal para una buena convivencia.

10.   Impulsar la creación de la Defensoría Educativa en las instituciones pertenecientes al NER.

11.   Diseñar un plan de acción sobre las actividades de prevención de drogas, embarazo en adolescentes, organizar una cartelera informativa en la cada institución.

12.   Presentar ante el Docente Coordinador Municipal de Enlace del municipio escolar respectivo la matricula inicial de los estudiantes o en caso de existir una defensoría educativa en el área geográfica  hacer entrega de la matricula inicial al coordinador de la defensoría.

13.   Remitir ante el Docente Coordinador Municipal de Enlace del municipio escolar respectivo, en caso de existir una defensoría educativa en el área geográfica  denunciar ante el coordinador de la defensoría, cualquier caso de maltrato físico o Psicológico, abuso o vulneración de los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes, dependiendo de la gravedad llevarlo al Consejo de Protección en el respectivo municipio o ante la fiscalía respectiva.

14.   Elaborar una cartelera permanente en la institución sobre los valores y artículos de la Lopnna, la Constitución de la República Bolivariana.

15.    Involucrar a los padres, madres, representantes o responsables de los estudiantes en la promoción de los derechos, deberes y garantías de los niños, niñas y adolescentes, también a los miembros de los consejos comunales.

16.  Propiciar encuentros interinstitucionales.

17.   Realizar visitas domiciliarias en casos requeridos.

19.   Presentar un informe trimestral consolidado con soportes, ante el Coordinador Municipal de Enlace del Municipio Escolar respectivo, en caso de existir una Defensoría Educativa en el área geográfica  entregarlo al Coordinador de la Defensoría.

PERFIL DEL COORDINADOR O COORDINADORA MUNICIPAL DE ENLACE


En tal sentido, algunos rasgos de la personalidad necesarios que debe tener el coordinador municipal de enlace entre la coordinación zonal de defensorías educativas, coordinación  de comunidades educativas y el municipio escolar respectivo, en concordancia a la Circular Nº 001/09-10, de fecha 27/10/2009, emanada por la división de protección y desarrollo estudiantil y la coordinación zonal de defensorías educativas del estado Barinas, luego que el jefe de municipio proceda a la selección y designación le debe entregar su constancia de notificación, luego se le tramita la credencial ante la zona educativa, este puede durar todo un año escolar, y ser ratificado para un segundo periodo escolar, o en otro caso removido según los resultados de la evaluación del desempeño, se recomienda que en los municipios foráneos este funcionario debe permanecer en la sede del municipio escolar respectivo, y en el caso de los cuatro coordinadores municipales de enlace Barinas del 4A, 4B, 4C y 4D, pueden permanecer en la sede de la coordinación zonal, o en la sede de cada municipio escolar . Uno de los retos de cualquier perfil es lograr un ser humano integral con las siguientes cualidades:
·         Honorabilidad, Tolerancia, Honestidad, Imparcialidad, Respeto y Solidaridad. Compromiso con la Soberanía y sensibilidad social.
·         Disposición al trabajo en equipo y vocación de servicio, proactividad y prospectividad.
·         Utilizar el Proyecto de Vida como herramienta para el trabajo en las brigadas escolares, estudiantiles y semillas de la patria, con los niños, niñas y adolescentes.
·         Espíritu crítico y responsabilidad, Creatividad, Pensamiento Holístico.
·         Justicia y equidad con el manejo Sustentable del Desarrollo, Sentido de lo ético y estético en cuanto a su área de trabajo.
·         Debe ser una persona con mística hacia el trabajo con los niños, niñas Adolescente. Debe manejar conceptos básicos sobre los derechos, deberes y garantías de los niños, niñas y Adolescente, también debe tener conocimientos sobre el Sistema de Protección.
·          Conocer y manejar estrategias motivacionales de trabajo grupal para desarrollar actividades comunitarias. 
·         Disposición para recibir información y capacitación en materia infantojuvenil  y aplicar el conocimiento obtenido de la acción realizada. Socializar los logros y dificultades de los proyecto.
·         Manejar herramientas jurídicas, que permitan el seguimiento evaluación, y retroalimentación permanente de la cultura de la denuncia y el fortalecimiento de la LOPNNA.
·         Coordinar programas y proyectos, permanentes de carácter educativo cultural donde participen todas las instituciones y organizaciones involucradas en el área infantojuvenil.
·         Conocer los diversos proyectos de la Coordinación Zonal de Defensorías Educativas para desarrollarlos con mayor dominio y participación social.
·         Actualizar en todo momento la información en cuanto a niños, niñas y adolescentes con el fin de manejar nuevas estrategias grupales.

FUNCIONES DE LOS DOCENTES COORDINADORES DE ENLACE MUNICIPALES ENTRE LA COORDINACION ZONAL Y LOS MUNICIPIOS ESCOLARES DEL ESTADO BARINAS.
1. Es el Enlace en cada Municipio Escolar, para bajar los lineamientos de la Coordinación Zonal, apoya y orienta la labor de los Equipos Técnicos de Apoyo de las Defensorías Educativas, en los Municipios respectivos.
2. Elaborar el plan de trabajo trimestral y mensual, de actividades, para entregarlos en el Área de Seguimiento de la Coordinación Zonal de Defensorías Educativas del Estado Barinas.
3. Facilitar el desarrollo de las actividades con la coordinación zonal de defensorías educativas de la entidad, y la división de protección y desarrollo estudiantil de la zona educativa.
4. Facilitar la coordinación con las instituciones que presten servicio de atención a niños, niñas y adolescentes en el municipio o parroquia, atender casos que ameriten la atención de otros programas y servicios.
5. Gestionar los recursos que requiere la coordinación de enlace municipal para su buen funcionamiento. Presentar proyectos ante el Consejo Municipal de Derecho de Niños, Niñas y Adolescentes de su municipio respectivo para solicitar cofinanciamiento de los programas a desarrollar en el municipio.

6. Remitir casos a otras instancias como la coordinación zonal, consejo de protección, fiscalía del ministerio público, que ameriten la imposición de medidas de protección o que constituyan infracciones de carácter civil, administrativas o penales a fin de orientar a los usuarios, niños, niñas, padres, representantes o responsables.
7. Intervenir como coordinador municipal de enlace ante las instancias administrativas, educativas y comunitarias que corresponda.
8. Hacer seguimiento de las actividades del fortalecimiento de los lazos familiares, a través de procesos no judiciales, en las instituciones educativas para lo cual promoverán conciliaciones entre estudiantes, docentes, representantes, conforme al procedimiento de conciliación y mediación.
9. Fomentar y asesorar técnicamente para la creación de programas de protección en beneficio de los niños y adolescentes, en las instituciones educativas.
10. Hacer cumplir que el docente promotor de derecho promueva oportunidades y espacios que estimulen la participación de los niños, niñas y adolescentes en la toma de decisiones comunitarias o familiares que le afecten, en las instituciones.
11. Promocionar y difundir los derechos de los niños, niñas y adolescentes de la misma forma la educación de los mismos para la autodefensa de sus derechos.
12. Orientar a los representantes de los trámites para la inscripción ante el registro del estado civil y la obtención de los documentos de identidad, de los niños, niñas y adolescentes indocumentados.
13. Solicitar y coordinar reuniones con el jefe de municipio, supervisores, coordinadores académicos y pedagógicos, a fin de articular lineamientos emitidos por la zona educativa o secretaria de educación del estado. 
14. Registrar la data de los docentes promotores de derechos designados, en las instituciones educativas nacionales y estadales, en al área geográfica del municipio escolar respectivo.
15. Registrar en el formato respectivo la constitución del comité de apoyo de creación y/o actualización del manual de convivencia: el proceso de elaboración, consulta y redacción final de los Manuales de Convivencia Escolar y Comunitaria, presentados por los planteles, detallando cada uno de los aspectos abordados, especificando debilidades y fortalezas para que el área de revisión de las normas en la coordinación zonal las evalué y les haga las observaciones, las corrijan y entren en vigencia en la respectiva institución  educativa.

16. Planificar las jornadas de capacitación y formación en la promoción y difusión de los derechos y garantías de niños, niñas y adolescentes.

17. Llevar la data de la conformación de las Brigadas de Derechos en todos los Niveles, y Modalidades en las instituciones educativas nacionales o estadales, adyacentes a la defensoría, con la finalidad de propiciar en el ámbito educativo la participación de los niños, niñas y adolescentes.


18. Elaborar los informes de las actividades realizadas mensuales y trimestrales consolidados, para entregarlos en el Área de Seguimiento de la Coordinación Zonal de Defensorías Educativas del Estado Barinas.

PERFIL DEL COORDINADOR O COORDINADORA ZONAL DE DEFENSORÍAS EDUCATIVAS

El profesional que asuma funciones como Coordinador(a) Zonal de las Defensorías Educativas luego de su designación y acreditación por el Jefe de Zona Educativa, deberá poseer una especial sensibilidad humana, idoneidad moral y estar centrado(a), ganado(a) y comprometido(a) para desarrollar el trabajo, relativo a la promoción, defensa y garantía de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Así como de igual forma es importante que presente características específicas como: Defensor acreditado, tener conocimiento y dominio del Sistema Educativo Bolivariano, de las interrelaciones que en él se desarrollan. Conocer y dominar el Sistema de Protección, ser buen observador y comunicador; con habilidades para plasmar la realidad en forma clara y coherente, organizar y desarrollar actividades formativas en el ámbito de los derechos, garantías y deberes, ser proactivo, reflexivo, creativo, participativo, con un alto compromiso social y humanista.

Desde esta perspectiva, al hablar de protección integral se habla de un conjunto de acciones, políticas, planes y programas que con prioridad absoluta se dictan y ejecutan desde el Estado, con la firme participación y solidaridad de la familia, comunidad y de la sociedad en general para garantizar que todos los niños, niñas y adolescentes gocen de manera efectiva y sin discriminación de los derechos humanos, la supervivencia (de protección) al desarrollo y a la participación.

Los Coordinadores(as) de las Defensorías Educativas, de niños, niñas y adolescentes tienen como premisa fundamental apoyar la creación y promoción de las Defensorías Educativas en su entidad, basados en los principios que rigen la doctrina de Protección Integral como prioridad absoluta, el interés superior del niño, la igualdad y no discriminación, la participación y el deber indeclinable de solidaridad del Estado, las familias y la sociedad.


FUNCIONES DEL COORDINADOR O COORDINADORA ZONAL DE DEFENSORIAS EDUCATIVAS DEL ESTADO BARINAS, EN CONCORDANCIA CON LOS LINEAMIENTOS DE LA COORDINACION NACIONAL DE DEFENSORIAS EDUCATIVAS.
1. Articular en forma permanente con la Coordinación Nacional de Defensorías Educativas.
2. Modular con los Directores(as) de Zonas, con miras al fortalecimiento de las defensorías de su entidad.
3. Proferir con el sistema de protección de su entidad.
4. Ofrecer asesoría y apoyo técnico a las defensorías educativas registradas y en proceso de registro.
5. Supervisar y evaluar el funcionamiento de las Defensorías Educativas registradas y aquellas que están en proceso de conformación.
6. Consignar ante la Coordinación Nacional, informe de actividades realizadas consolidado, y Estadísticas de casos atendidos trimestrales, de los informes y estadísticas entregados por cada una de las defensorías de su entidad (cualitativa y cuantitativa).
7. Elaborar el plan de trabajo Anual y mensual, de actividades, para entregarlos en la División de Protección y Desarrollo Estudiantil de la Zona Educativa del Estado Barinas.
8. Elaborar los informes de las actividades realizadas quincenales y mensuales,  y al final de año escolar uno de gestión consolidado, para entregarlos en la División de Protección y Desarrollo Estudiantil de la Zona Educativa del Estado Barinas.
9. Elaborar plan de acción anual y mensual.
10. Coordinar acciones para articular con todos los actores regionales y locales para la promoción y ejecución de políticas, planes, programas proyectos y actividades en el marco de la Doctrina de Protección y los Derechos de los niños, niñas y adolescentes.
11. Articular las políticas, planes, programas proyectos y actividades en el marco de la Doctrina de Protección y los Derechos de los niños, niñas y adolescentes.
12. Coadyuvar en el proceso de formación de los defensores y defensorías educativas.
13. Articular con los consejos comunales y las diferentes organizaciones sociales.
14. Articular con la División de Protección y Bienestar Estudiantil y las demás divisiones que conformen la Zona Educativa.
15. Promocionar la creación de Defensorías Educativas y defender los Derechos de los niños, niñas y adolescentes.
16. Facilitar la participación protagónica de los niños, niñas y adolescentes en su entidad.
17. La coordinación zonal de Defensorías Educativas estará adscrita a la división de Protección y Desarrollo Estudiantil y debe mantener estrecha vinculación con el Director o Directora de Zona.
18. Articular con los Jefes de Municipios supervisores y coordinadores de cada subsistemas del Sistema Educativo Bolivariano.
19. Impulsar las Brigadas de promotores de Derechos Humanos y Contraloría Social de los niños, niñas y adolescentes en los espacios educativos.
20. Intervenir conjuntamente con la Coordinación del PAE para impulsar y mantener el cumplimiento del programa, por parte de los proveedores.
21. Lo no previsto, será resuelto por la Coordinación Nacional de Defensorías Educativas.

PERFIL DEL ASESOR LEGAL DE LA COORDINACION ZONAL DE DEFENSORÍAS EDUCATIVAS DEL ESTADO BARINAS


El asesor legal debe ser un profesional del derecho, Perteneciente a la nomina del Ministerio de Educación, sea docente o administrativo fijo, el cual es nombrado por el coordinador zonal de defensorías educativas y acreditado por el Jefe de Zona, debe ser un ciudadano de reconocida idoneidad moral y apegado a las buenas costumbres, este brindará servicios de asesoría jurídica en la  interpretación de los instrumentos normativos por los cuales se rige la República Bolivariana de Venezuela en materia de los niños, niñas, adolescentes, y en lo referente a materia educativa.

FUNCIONES DEL ASESOR LEGAL DE LA COORDINACION ZONAL DE DEFENSORÍAS EDUCATIVAS DEL ESTADO BARINAS


1. Denunciar ante las autoridades competentes las faltas, delitos y omisiones cometidos en agravio de los niños, niñas y adolescentes.
2. Recepción y calificación según sea el caso para su respectiva remisión a las diferentes defensorías o instancias respectivas.
3. Elaborar el plan de trabajo semanal, de actividades, para entregarlo al inicio de la semana día lunes, al Coordinador Zonal de Defensorías Educativas del Estado Barinas.
4. Elaborar los informes de las actividades realizadas quincenales, para entregarlo al Coordinador Zonal de Defensorías Educativas del Estado Barinas.
 5.  Visitar las diferentes defensorías, y revisar los casos, para observar el procedimiento legal que se le ha dado, y hacer las respectivas orientaciones.
6. Asesorar, Asistir, Acompañar o Representar, al coordinador zonal de defensorías educativas del Estado Barinas, en lo relacionado a procedimientos o asuntos de materia legal.
7.  Orientación, Capacitación y Seguimiento al proceso de creación o actualización de los manuales de normas de convivencias escolares y comunitarias de los planteles; donde no exista defensoría en el área geográfica adyacente a la institución pública o privada.
8.  Asesorar legalmente a todas aquellas madres o representantes  de los niños, niñas y adolescentes extranjeros, con problemas de documentos de identidad.
9.  Intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados los derechos de los niños, niñas y adolescentes para hacer prevalecer el principio de interés superior.
10. Tramitar la inscripción de los niños, niñas y adolescentes con problemas de cupos estudiantiles, donde los planteles estén vulnerando o violando el derecho a la educación.

PERFIL DEL COORDINADOR O COORDINADORA DE LAS DEFENSORÍAS EDUCATIVAS


El coordinador o coordinadora del servicio debe ser un profesional de la educación, que según la LOPNNA, debe tener cada defensoría ya que es el representante legal de esta instancia. Esta responsabilidad la puede asignar el coordinador Zonal de defensorías educativas en conjunto con el directivo de la institución donde se cree o conforme la nueva defensoría, y debe ser un defensor o docente fijo que pertenezca a la nomina del Ministerio del Poder Popular para la Educación, zona educativa de la entidad o de la secretaria de educación de la gobernación o autoridad única de educación de la entidad, puede durar todo el periodo de 5 años, y ser ratificado para un segundo periodo de igual duración, o en otro caso removido y sustituido según resultados de la evaluación del desempeño:
Características del coordinador o coordinadora de la defensoría educativa 
  • Experiencia previa de trabajo en actividades o servicios dirigidos a niños, niñas y adolescentes.
  • Capacidad de organización y planificación.
  • Capacidad para establecer coordinación con personal a su cargo y con otras instituciones.
  • Tener conocimiento en los trámites administrativos y legales de una institución.
FUNCIONES DE LOS COORDINADORES Y COORDINADORAS DE LAS DEFENSORIAS EDUCATIVAS EN EL ESTADO BARINAS, EN CONCORDANCIA CON LOS LINEAMIENTOS DE LA COORDINACION NACIONAL DE DEFENSORIAS EDUCATIVAS.
1. Dirige y supervisa la labor de su Equipo Técnico de Apoyo de la Defensoría, orientar y realizar apoyo interdisciplinario a los defensores bajo su responsabilidad.
3. Elaborar el plan de trabajo anual y mensual de actividades, para entregarlo al final del año escolar y el otro a finales de cada mes, al Coordinador Zonal de Defensorías Educativas del Estado Barinas.
4. Elaborar los informes de las actividades realizadas trimestrales consolidadas con soportes y el mensual, para entregarlo al final de cada mes, al Coordinador Zonal de Defensorías Educativas del Estado Barinas.
5. Facilitar la coordinación con la oficina zonal de defensorías educativas de la entidad, y la división de protección y desarrollo estudiantil de la zona educativa.
6. Facilitar la coordinación con las instituciones que presten servicio de atención a niños, niñas y adolescentes en el municipio o parroquia, atender casos que ameriten la atención de otros programas y servicios.
7. Gestionar los recursos que requiere el servicio para su buen funcionamiento. Presentar proyectos ante el Consejo Municipal de Derecho de Niños, Niñas y Adolescentes de su municipio respectivo para solicitar cofinanciamiento de los programas a desarrollar por la defensoría.

8. Remitir casos que ameriten la imposición de medidas de protección o que constituyan infracciones de carácter civil, administrativas o penales a fin de orientar a los usuarios.
9. Denunciar ante el consejo de protección del respectivo municipio o el juez competente, según sea el caso, de las situaciones a que se refiere el literal “C” del Articulo Nº 202 de la LOPNNA.
10. Intervenir como coordinador de la defensoría educativa ante las instancias administrativas, educativas y comunitarias que corresponda.
11. Estimular el fortalecimiento de los lazos familiares, a través de procesos no judiciales, para lo cual promoverá conciliaciones entre conyugues, padres y familiares, conforme al procedimiento de conciliación y mediación.
12. Fomentar y asesorar técnicamente para la creación de programas de protección en beneficio de los niños y adolescentes.
13. Garantizar dentro de la defensoría orientacion jurídica a niños, niñas y adolescentes o a sus familias en materia relacionada con la LOPNNA.
14. Promover el reconocimiento voluntario de filiación.
15. Crear y promover oportunidades y espacios que estimulen la participación de los niños, niñas y adolescentes en la toma de decisiones comunitarias o familiares que le afecten.
16. Difundir los derechos de los niños, niñas y adolescentes de la misma forma la educación de los mismos para la autodefensa de sus derechos.
17. Asistir a los usuarios y acompañar los trámites para la inscripción ante el registro del estado civil y la obtención de los documentos de identidad.
18. Cumplir y hacer cumplir el horario del equipo de funcionarios de la defensoría educativa.
19. Cumplir y hacer cumplir los siguientes principios: gratuidad, confidencialidad, carácter orientador y no impositivo, solidaridad, y responsabilidad social.
20. Llevar los siguientes libros o archivos en físico o digitalizados: Registro de casos, recibidos, en trámite, resueltos, desistidos, archivados; Casos homologados, Registro de usuarios o visitantes, de actas y de novedades diarias. 
21. Llevar la estadística mensual, trimestral y anual de los casos atendidos en la defensoría, para entregarla al final de cada mes, de cada trimestre y del año escolar, al Coordinador Zonal de Defensorías Educativas del Estado Barinas.
22. Registrar en el formato respectivo el proceso de elaboración, consulta y redacción final de los Manuales de Convivencia Escolar y Comunitaria, presentados por los planteles, detallando cada uno de los aspectos abordados, especificando debilidades y fortalezas.
23. Planificar las jornadas de capacitación y formación en la promoción y difusión de los derechos y garantías de niños, niñas y adolescentes y las funciones de las defensorías educativas en la Comunidad y instituciones educativas adyacentes a la sede.

24. Llevar la data de la conformación de las Brigadas de Derechos en todos los Niveles, y Modalidades en las instituciones educativas nacionales o estadales, adyacentes a la defensoría, con la finalidad de propiciar en el ámbito educativo la participación de los niños, niñas y adolescentes.


PERFIL DE LOS DEFENSORES O DEFENSORAS DE LAS DEFENSORIAS EDUCATIVAS EN EL ESTADO BARINAS.
El defensor o defensora del servicio debe ser un profesional de la educación, que según la LOPNNA, debe tener cada defensoría ya que es el responsable de la atención de casos en esta instancia. Luego que el docente apruebe el concurso de acreditación de defensor organizado por el consejo municipal de derecho del municipio respectivo, el coordinador Zonal de defensorías educativas en conjunto con el directivo de la institución donde se cree o conforme la nueva defensoría, debe tramitar la credencial, comisión de servicio o la licencia ante la zona educativa o dirección de educación, debe ser docente fijo que pertenezca a la nomina del Ministerio del Poder Popular para la Educación, zona educativa de la entidad o de la secretaria de educación de la gobernación o autoridad única de educación de la entidad, puede durar todo el periodo de 5 años, y ser ratificado para un segundo periodo de igual duración, o en otro caso removido y sustituido según resultados de la evaluación del desempeño:
Características del coordinador o coordinadora de la defensoría educativa 
  • Experiencia previa de trabajo en actividades o servicios dirigidos a niños, niñas y adolescentes.
  • Capacidad de organización y planificación.
  • Capacidad para establecer coordinación con personal a su cargo y con otras instituciones.
  • Tener conocimiento en los trámites administrativos y legales de una institución.

FUNCIONES DE LOS DEFENSORES Y DEFENSORAS DE LAS DEFENSORIAS EDUCATIVAS EN EL ESTADO BARINAS, EN CONCORDANCIA CON LOS LINEAMIENTOS DE LA COORDINACION NACIONAL DE DEFENSORIAS EDUCATIVAS.
1. Promover la corresponsabilidad del Estado, la familia y la sociedad en materia de la infancia y adolescencia.
2. Intervenir activamente como apoyo educativo al promover conciliaciones entre las partes en conflicto con prontitud y eficiencia.
3. Cumplir con apego y dedicación el marco jurídico que regula el Sistema Educativo Bolivariano Venezolano en el marco de la Ley Orgánica para la protección de niños, niñas y adolescentes.
4. Notificar a los organismos públicos competentes cualquier situación que amenace viole o menoscabe los Derechos, Garantías y Políticas del Estado en materia de niños, niñas y adolescentes.
5. Tratar a los miembros de las instituciones educativos con absoluto respeto, consideración y con apego al cumplimiento estricto de la ley.
6. Aplicar los procedimientos administrativos establecidos en la LOPNNA requeridos en la orientación de casos de manera inmediata y oportuna.
7. Prestar sus servicios y colaboración de manera efectiva, puntual y eficiente tanto al público en general como al personal de las instituciones educativas.
8. Orientar el proceso de elaboración de Proyectos educativos en materia de Normas de Convivencia Escolar y Comunitaria proporcionando las debidas orientaciones con prontitud y celeridad.
9. Analizar el proceso de elaboración, consulta y redacción final de los Manuales de Convivencia Escolar y Comunitaria, presentados por los planteles, detallando cada uno de los aspectos abordados, especificando debilidades y fortalezas.
10. Establecer relaciones de bidireccionalidad entre las distintas dependencias del Ministerio del Poder Popular para la Educación, Instituto Autónomo Consejo Nacional del Derecho de Niños, Niñas y Adolescentes, Consejo de protección de Niños y Adolescentes y demás integrantes del Sistema Rector Nacional para la protección de los Niños, Niñas y Adolescentes.
11. Asesorar al personal directivo y docente en todo lo relacionado con la disciplina escolar, brindando orientación individual y grupal de manera oportuna.
12. Desarrollar y coordinar talleres de trabajos con los integrantes del Sistema Rector Nacional para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Consejos Comunales a fin de consolidar y afianzar la difusión de derechos y garantías.
13. Articular encuentros y jornadas entre los Consejos Comunales y demás integrantes del Sistema Rector Nacional para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
14. Participar en la promoción y difusión de los derechos y garantías de niños, niñas y adolescentes y las Defensorías en la Comunidad a través de las diferentes manifestaciones culturales, medios audiovisuales, entre otros.
15. Elaborar el plan de trabajo mensual, de actividades, para entregarlo al finalizar el mes, al Coordinador de la Defensoría Educativa respectiva donde labora.
16. Elaborar los informes de las actividades realizadas mensuales, para entregarlo al Coordinador de la Defensoría Educativa respectiva donde labora.

17. Crear las Brigadas de Derechos Estudiantil en todos los Subsistemas Educativos con la finalidad de propiciar en el ámbito educativo la reflexión sobre la comunicación y el respecto a los demás; enmarcados dentro de los derechos, deberes, garantías y responsabilidades especificadas en la LOPNNA.

18. Lo no previsto, será resuelto por la Coordinación Nacional de Defensorías Educativas.


PERFIL DEL ASESOR LEGAL DE LA DEFENSORÍAS EDUCATIVAS


El asesor legal debe ser un profesional del derecho, Perteneciente a la nomina del Ministerio de Educación, sea docente o administrativo fijo, el cual puede ser propuesto por el Coordinador de la Defensoría Educativa al Coordinador Zonal de Defensorías Educativas para tramitar el cambio de funciones y la credencial emanada por el Jefe de Zona, debe ser un ciudadano de reconocida idoneidad moral y apegado a las buenas costumbres, este brindará servicios de asesoría jurídica en la  interpretación de los instrumentos normativos por los cuales se rige la República Bolivariana de Venezuela en materia de los niños, niñas, adolescentes, y en lo referente a materia educativa.
FUNCIONES DEL ASESOR LEGAL DE LAS DEFENSORÍAS EDUCATIVAS

1. Asesorar, Asistir, Acompañar o Representar, al Coordinador de la defensoría educativa respectiva, en lo relacionado a procedimientos o asuntos de materia legal.

2. Asistir al usuario conjuntamente con el defensor en los procesos no judiciales (obligación de manutención, régimen de convivencia familiar entre otros que la ley establezca a través de los procedimientos de conciliación).

3. Promover el reconocimiento voluntario de la filiación.

4. Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los niños, niñas y adolescentes.

5. Elaborar el plan de trabajo mensual, de actividades, para entregarlo al finalizar el mes, al Coordinador de la Defensoría Educativa respectiva donde labora.
6. Elaborar los informes de las actividades realizadas mensuales, para entregarlo al Coordinador de la Defensoría Educativa respectiva donde labora.

7. Fortalecer la práctica de la convivencia y disciplina escolar.
8. Coordinar talleres, jornadas y conversatorios en aras de afianzar la difusión de los derechos, deberes y garantías de niños, niñas y adolescentes y todo lo relacionado con las diferentes leyes, resoluciones y circulares que engloba el sistema educativo.

9. Dar asistencia jurídica a los niños y adolescentes y miembros de la comunidad educativa.
Asesoría legal a la comunidad (cuando solicite el servicio). Dar capacitación a los miembros de los consejos comunales.
Definición de Defensoría: La Defensoría del Niño y del Adolescente es un servicio de interés público, entendiéndose como tal la instancia del Sistema de Protección más cercana y accesible a la colectividad para la garantía, defensa y promoción de los derechos y deberes de los niños, niñas, adolescentes y  sus familias.

Visión de las Defensorías: Las Defensorías del Niño y del Adolescente son servicios que estarán comprometidos y estrechamente vinculados a los procesos de organización del Sistema de Protección Municipal; capaces de desarrollar con y para la comunidad las acciones necesarias para impulsar el desarrollo  de las condiciones  potenciales de niños, niñas, adolescentes y familias, a través de un esfuerzo democrático, participativo, protagónico y de justicia para todos y todas: así como de iniciativas organizadas que orienten la formación de una conciencia ciudadana, reflexiva y crítica, con la finalidad de garantizar los derechos al desarrollo humano integral en un contexto territorial dinámico y flexible, con base en una cultura de bienestar para todos.

Misión de las Defensorías: Las Defensorías del Niño y del Adolescente son servicios de interés público que dirigen sus actuaciones con el propósito de  velar por el respeto, promoción, difusión y defensa de los derechos y garantías de niños, niñas y adolescentes.
Ejercen su control social sobre los deberes de la administración pública y privada en la ejecución de las políticas, programas y acciones destinadas a garantizar la atención integral prevención, y protección de todos los niños, niñas, adolescentes y familias en el municipio; teniendo como objetivo principal la conciliación para el fortalecimiento de los lazos familiares a  través de procesos no judiciales.







PALABRAS PARA EL ACTO DE JURAMENTACION DE LAS BRIGADAS EN EL SUBSISTEMA DE EDUCACION BASICA, BRIGADAS SEMILLEROS DE LA PATRIA EN EL NIVEL DE EDUCACION INICIAL, BRIGADAS ESCOLARES EN EL NIVEL EDUCACION PRIMARIA, BRIGADAS ESTUDIANTILES EN EL NIVEL DE EDUCACION MEDIA Y MEDIA TECNICA.

Declaro que como miembro vocero de la Brigada: _________________________________________________________________________
Juramos ante dios y la patria cumplir con la Declaración Internacional de los Derechos del Niño, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, con la Ley Orgánica de Educación, Ley Orgánica de Protección de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente, y hacer cumplir los Derechos, Deberes y Garantías de los Niños, Niña y Adolescentes de nuestra institución, comunidad y la familia; Considerando que los Niños, Niña y Adolescentes deben estar plenamente preparados para una vida independiente en sociedad y ser educados en el espíritu de los ideales Bolivarianos y los proclamados en la Carta de las Naciones Unidas y en particular, en un espíritu de Paz, Dignidad, Tolerancia, Libertad, Igualdad y Solidaridad como lo establece la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los derechos del niño,  y reconocida en la Declaración de los Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y en los estatutos e instrumentos pertinentes de las organizaciones especializadas en el bienestar de los niños, en el afán de lograr la formación integral de todos y todas. ¡Si así lo cumpliere que la patria y dios os premie y si no que os demande!
¿Lo Juramos?......... ¡Lo Juramos!  

Nota: El Docente Promotor de Derecho, es el encargado de la organizar el acto de juramentación de la brigada en la institución se recomienda sea en conjunto con las Brigadas de salud, ambiente y sociedad bolivariana, o organizar un acto de juramentación a nivel parroquial en conjunto con otras instituciones educativas, tanto nacionales como estadales.




Elaborado por el Lcdo. Otto García
Coordinador Zonal de Defensorías Educativas del Estado Barinas




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

4 comentarios:

  1. Interesante el trabajo compilado en esta presentación. Como docente me sumo en pro de la defensa de los derechos de nuestros niños, niñas y adolescentes. Deseando que el resto de las autoridades educativas de nuestro país emulen esta iniciativa de la zona y en especial la del Lcdo. Otto García. Coordinador Zonal de Defensorías Educativas del Estado Barinas. Nuevamente gracias por loable labor.

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  2. BUEN DIA. BIEN INTERESANTE ESTE MATERIAL DE LAS DEFENSORIAS EDUCATIVAS. ME PARECE QUE YA EL MINISTERIO DE EDUCACION LO ESTA APLICANDO A NIVEL NACIONAL, YA QUE ESTE AÑO EN CADA PLANTEL SE SELECCIONO UN DOCENTE VOCERO (A)QUE REPRESENTE LA DEFENSORIA EDUCATIVA

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  3. Si yo me acredite por un municipio no puedo ejercer como defensor en un municipio distinto?

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  4. Buen día por favor enviar este artículo a mi correo. Prof Noralis Segura. Talentos Artisticos.Barinas

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